CATEGORÍAS
MÁS
InicioImpuestos y TasasCalculadora de IVA Trimestral (Modelo 303) 2026
‹ Todas las calculadoras de Impuestos💰 Impuestos y Tasas

Calculadora de IVA Trimestral (Modelo 303) 2026

Calcula el resultado de tu declaración trimestral de IVA en España mediante el Modelo 303 para 2026. Simula el IVA devengado e IVA deducible.

Ingresos sujetos a IVA en el trimestre

Facturación base al 21% de IVA (General - Servicios, electrónica, ropa)
€0€25.000€50.000
Facturación base al 10% de IVA (Reducido - Hostelería, transporte)
€0€10.000€20.000
Facturación base al 4% de IVA (Superreducido - Alimentación básica)
€0€5.000€10.000

Gastos con IVA deducible del trimestre

Total de IVA deducible soportado en compras y gastos profesionales
€0€5.000€10.000
Ingresa la suma de las cuotas de IVA de tus facturas de gastos de actividad (no el total de la factura de gasto).
💰 Cuota trimestral estimada del Modelo 303
€1.140,00
Total IVA repercutido:€2.640,00|Total IVA deducible:€1.500,00

📊 Desglose del IVA devengado y deducible

IVA repercutido al 21%€2.100,00
IVA repercutido al 10%€500,00
IVA repercutido al 4%€40,00
Suma total de IVA devengado (+)€2.640,00
Suma total de IVA deducible soportado (–)–€1.500,00
Resultado final de la autoliquidación€1.140,00

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo. En España, los autónomos y empresas actúan como meros intermediarios recaudadores de la Agencia Tributaria (AEAT). Trimestralmente, están obligados a liquidar el IVA mediante el Modelo 303, restando el IVA que han pagado en sus compras afectas a la actividad (IVA deducible o soportado) del IVA que han cobrado a sus clientes en sus facturas de ingresos (IVA repercutido o devengado). Si el resultado de la resta es positivo, el autónomo debe ingresar la diferencia en Hacienda; si es negativo, se acumula a su favor para compensar en los trimestres siguientes.

🔍 Reglas de deducibilidad del IVA soportado

Para que las cuotas de IVA de tus gastos puedan restarse en el Modelo 303, Hacienda impone tres condiciones fundamentales que deben cumplirse de manera conjunta:

  1. Vinculación a la actividad: El gasto debe ser necesario y exclusivo para el ejercicio de tu profesión. Los gastos de carácter privado no son admisibles en ningún porcentaje.
  2. Justificación formal: Solo se admite la deducción si dispones de una factura completa (con tus datos de autónomo, NIF y dirección). Los tickets o facturas simplificadas no sirven para deducir el IVA.
  3. Registro contable: El gasto debe estar correctamente registrado en el Libro Oficial de Compras y Gastos del trimestre.

📝 Ejemplos prácticos de cálculo 2026

Ejemplo 1: Consultor de software (IVA 21% con gastos reducidos)

Perfil: Presta servicios de programación facturando €10.000,00 netos al 21% de IVA en el trimestre. Ha adquirido un ordenador y contratado suministros con un IVA soportado deducible total de €1.500,00.

Cálculo trimestral del IVA
  • IVA devengado cobrado (21% de €10.000): +€2.100,00
  • IVA deducible soportado en compras: –€1.500,00
Resultado del Modelo 303: €600,00 a pagar a Hacienda

Ejemplo 2: Restaurante pequeño (IVA 10% y compras de alimentación)

Perfil: Un pequeño establecimiento de comida rápida factura en el trimestre €15.000,00 netos sujetos al tipo reducido del 10% de IVA. Sus gastos de aprovisionamiento de materias primas y alquiler con IVA soportado ascienden a €1.200,00.

Cálculo trimestral del IVA
  • IVA devengado cobrado (10% de €15.000): +€1.500,00
  • IVA deducible soportado en compras: –€1.200,00
Resultado del Modelo 303: €300,00 a pagar a Hacienda

Ejemplo 3: Redactor de contenidos en fase de lanzamiento (Pérdidas de IVA)

Perfil: Periodista autónomo que factura €1.000,00 al 21% de IVA en el trimestre, pero ha realizado una fuerte inversión inicial de mobiliario y licencias con un IVA soportado de €500,00.

Cálculo trimestral del IVA
  • IVA devengado cobrado (21% de €1.000): +€210,00
  • IVA deducible soportado en compras: –€500,00
Resultado del Modelo 303: –€290,00 a compensar (Saldo a su favor)

El autónomo no tendrá que pagar nada en el trimestre, y el saldo de €290,00 se guardará en su expediente fiscal para restar de la cuota del siguiente trimestre.

⚠️ Errores comunes al rellenar el Modelo 303

  1. Deducir el IVA de los gastos de manutención o restaurantes: Hacienda prohíbe deducir el IVA de las facturas de comidas en restaurantes o estancias hoteleras, salvo que se demuestre fehacientemente el carácter de representación comercial de la actividad con clientes o proveedores.

  2. Deducir el 100% del IVA de vehículos particulares: El IVA de la compra de un coche o sus gastos de mantenimiento (gasolina, talleres) solo es deducible al 50% por presunción legal para autónomos profesionales de oficina. Deducir el 100% sin ser transportista profesional suele generar inspecciones y sanciones automáticas.

  3. No solicitar la devolución al final del año: El saldo acumulado a favor del contribuyente (los resultados negativos de los trimestres) se va arrastrando de trimestre en trimestre. Solo en la declaración del cuarto trimestre (que se presenta en enero) se puede solicitar la devolución del dinero a tu cuenta bancaria.

  4. Confundir el IVA devengado con ingresos propios: Utilizar el IVA que te pagan tus clientes para financiar los gastos corrientes de la actividad es un error de tesorería común que causa tensiones de caja insalvables cuando llega el periodo de liquidación trimestral en los meses de abril, julio, octubre y enero.


❓ Preguntas frecuentes (FAQ)

Se presenta del **1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre** (para los trimestres 1º, 2º y 3º). El 4º trimestre tiene un plazo ampliado que va del **1 al 30 de enero** del año posterior.

Genera recargos automáticos por extemporaneidad sobre la cuota a pagar: del **5%, 10% o 15%** según el retraso acumulado, sin sanción si se presenta antes de que Hacienda emita un requerimiento formal.

No mediante el Modelo 303 estándar. Las facturas emitidas por proveedores europeos no llevan IVA si estás en el ROI. Si te cobraron IVA local de otro país, debes reclamarlo mediante el procedimiento especial del **Modelo 360**.

El **Modelo 390** es una declaración de carácter informativo y anual que resume de forma agrupada todas las operaciones de IVA del año. Es obligatorio presentarlo en enero junto a la liquidación del cuarto trimestre.

No. Los autónomos que realizan actividades exclusivamente exentas (como médicos, psicólogos o formadores de centros homologados) no repercuten IVA en sus facturas y no tienen obligación de presentar el Modelo 303 ni el 390.

La normativa de la AEAT permite compensar los saldos a favor acumulados en el Modelo 303 durante un plazo de **4 años** contados desde la presentación de la declaración que originó el saldo negativo.

Bajo el régimen de criterio de caja, el IVA devengado se declara en el trimestre en que cobras la factura del cliente, y el IVA soportado se deduce en el trimestre en que pagas al proveedor, posponiendo el impuesto hasta el flujo real de dinero.

Es una regla aplicable cuando un autónomo realiza simultáneamente actividades sujetas a IVA y actividades exentas (ej. dar clases de inglés exentas y hacer traducciones sujetas). Limita el porcentaje del IVA soportado deducible en función del porcentaje de ingresos sujetos sobre el total.

ℹ️ Reglas de Liquidación del IVA

Ley 37/1992: Calculado de conformidad con la Ley estatal reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Compensación de saldos negativos: si el resultado es negativo se arrastra para los siguientes trimestres.
Obligación de presentar trimestralmente el Modelo 303 entre los días 1 y 20 tras el fin del trimestre.
Deducibilidad sujeta a que los gastos estén debidamente documentados en facturas completas.

🏛️ Organismo Competente e Ingreso

🏛️
Agencia Tributaria (AEAT)
Organismo estatal encargado de la recaudación y control de las autoliquidaciones trimestrales y anuales.
Sede Electrónica AEAT →
📄
Boletín Oficial del Estado
Publicación donde se recogen las novedades legislativas referentes a tipos de IVA e incentivos minoristas.
BOE Novedades IVA →
🛡️
Última actualización: Tipos de IVA y reglas de deducibilidad oficiales revisadas a 1 de julio de 2026.