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Calculadora de Baja por Maternidad y Paternidad 2026

Calcula el subsidio por nacimiento y cuidado de menor en España para 2026. Simula la base reguladora diaria, la duración del permiso y la exención fiscal.

Datos para el cálculo del subsidio

Base de cotización por contingencias comunes (Mes anterior a la baja)
€1.000€3.000€5.000
Busca este concepto en la parte inferior de tu última nómina ('Base Contingencias Comunes').
Tipo de nacimiento, adopción o condición del menor
💰 Total Subsidio por Nacimiento neto (Exento de IRPF)
€8.960,00
Importe diario percibido:€80,00/día

🌟 Exento de IRPF: Este subsidio por nacimiento y cuidado de menor está completamente exento de retenciones e impuestos sobre la renta (IRPF), por decisión del Tribunal Supremo.

📊 Desglose de base reguladora y tiempos

Base de cotización mensual aportada€2.400,00
Base reguladora diaria calculada€80,00
Semanas totales de permiso concedidas16 semanas
Días totales de prestación económica112 días
Subsidio total de la Seguridad Social€8.960,00

El permiso por nacimiento y cuidado de menor (anteriormente divididos en baja por maternidad y baja por paternidad) es una prestación económica gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en España. Unificado y equiparado de forma definitiva a 16 semanas para ambos progenitores mediante el Real Decreto-ley 6/2019, tiene como finalidad compensar la pérdida de ingresos del trabajador por cuenta ajena o autónomo debido al cese de actividad por el nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de un hijo. La prestación equivale al 100% de la base reguladora y cuenta con la ventaja de estar totalmente exenta de retenciones de IRPF.

🔍 Requisitos de cotización mínima para acceder al subsidio

La Seguridad Social exige un periodo mínimo de cotización previa en función de la edad del trabajador en la fecha del parto o resolución de acogimiento:

  1. Menores de 21 años: No se exige ningún periodo mínimo de cotización previa.
  2. Entre 21 y 26 años: Haber cotizado al menos 90 días en los 7 años anteriores, o 180 días en toda su vida laboral.
  3. Mayores de 26 años: Haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores al inicio del permiso, o 360 días a lo largo de toda su vida laboral.

Si no se cumple esta carencia, la madre tiene derecho al subsidio no contributivo por nacimiento de €20,00 al día (el 100% del IPREM diario) durante un periodo de 42 días naturales (aproximadamente 6 semanas).

📝 Ejemplos prácticos de cálculo 2026

Ejemplo 1: Trabajadora con base de cotización de rango medio (Parto simple)

Perfil: Empleada de oficina con una base de contingencias comunes de €2.400,00 en el mes anterior a dar a luz. Da a luz a un único bebé.

Cálculo de la prestación
  • Base de cotización mensual: €2.400,00
  • Base reguladora diaria: €2.400,00 ÷ 30 = €80,00 al día
  • Duración del permiso: 16 semanas (112 días naturales)
Subsidio neto total libre de impuestos: €8.960,00 percibidos en cuenta

Ejemplo 2: Trabajador autónomo con cotización mínima (Gemelos)

Perfil: Profesional autónomo que cotiza por la base mínima del nuevo sistema de autónomos por rendimientos netos de €1.000,00. Ha tenido gemelos (parto múltiple, ampliación de 2 semanas).

Cálculo de la prestación
  • Base de cotización mensual: €1.000,00
  • Base reguladora diaria: €1.000,00 ÷ 30 = €33,33 al día
  • Duración del permiso: 18 semanas (126 días naturales)
Subsidio neto total libre de impuestos: €4.200,00 percibidos en cuenta

Ejemplo 3: Empleada con base de cotización alta (Parto simple)

Perfil: Directora técnica con una base de cotización de €4.500,00 en su nómina (límite cercano a la base máxima de cotización en España).

Cálculo de la prestación
  • Base de cotización mensual: €4.500,00
  • Base reguladora diaria: €4.500,00 ÷ 30 = €150,00 al día
  • Duración del permiso: 16 semanas (112 días naturales)
Subsidio neto total libre de impuestos: €16.800,00 percibidos en cuenta

El cobro de la baja se realiza de forma directa por ingresos mensuales ordinarios desde el INSS, sin que la empresa deba adelantar el salario. Durante este periodo, la empresa sigue obligada a cotizar por el trabajador a la Seguridad Social (aunque con importantes bonificaciones en determinados contratos de sustitución).


⚠️ Errores comunes al tramitar la baja por nacimiento

  1. Creer que el subsidio está sujeto a retención de IRPF: Históricamente, las prestaciones de maternidad y paternidad tributaban en el IRPF. Sin embargo, tras la histórica sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, la Seguridad Social abona estas prestaciones de forma neta sin aplicar ninguna retención. Tampoco se deben incluir dichos importes como rendimientos del trabajo al realizar la declaración de la Renta anual.

  2. No saber que el permiso es intransferible: Las 16 semanas de permiso pertenecen de forma única y exclusiva a cada progenitor. Ninguno de los dos puede ceder semanas al otro. Si el padre decide no coger sus 16 semanas, estas se pierden; no pueden acumularse a las 16 semanas de la madre.

  3. No cumplir los plazos de las 6 semanas obligatorias: Las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto o resolución de adopción deben disfrutarse de forma ininterrumpida, obligatoria y a jornada completa por ambos progenitores. Las 10 semanas restantes se pueden distribuir a jornada completa o parcial en periodos semanales durante el primer año de vida del menor, previo acuerdo con la empresa.

  4. Olvidar presentar la solicitud al INSS de forma rápida: La prestación no se activa de forma automática tras el parto. El trabajador debe presentar la solicitud telemática al INSS aportando el certificado de nacimiento del Registro Civil y el certificado de empresa en un plazo máximo de 15 días para evitar demoras en el cobro de la primera mensualidad.


❓ Preguntas frecuentes (FAQ)

La Seguridad Social suele abonar las nóminas de prestaciones a mes vencido, habitualmente el **último día hábil de cada mes** o el primer día hábil del mes siguiente.

Sí. En casos de parto prematuro o si el neonato precisa hospitalización a continuación del parto por un periodo superior a 7 días, el permiso se ampliará en tantos días como el recién nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de **13 semanas adicionales**.

Sí, plenamente. Tienen derecho al 100% de su base reguladora de cotización siempre que estén al corriente de pago de las cuotas de autónomos y cumplan con la carencia de cotización previa exigible por edad.

Los autónomos disfrutan de una **bonificación del 100% de la cuota de autónomos** (calculada sobre la base media de los últimos 12 meses) durante todo el periodo que dure el disfrute de la baja por nacimiento.

Sí, a partir de la séptima semana. Las primeras 6 semanas posteriores al parto deben ser a tiempo completo obligatorio. Las 10 semanas restantes se pueden disfrutar a tiempo parcial, reduciendo el subsidio de forma proporcional, previo acuerdo escrito con el empleador.

La base de cotización de contingencias comunes ya incluye el **prorrateo de las pagas extraordinarias**. Por tanto, al cobrar el 100% de dicha base reguladora, el trabajador no pierde poder adquisitivo y no percibirá pagas extras duplicadas del INSS.

No se suspende el subsidio. El trabajador seguirá percibiendo la prestación por nacimiento del INSS al 100% hasta la fecha de finalización del periodo de 16 semanas. Al finalizar el permiso, podrá solicitar la prestación por desempleo ordinaria.

Es una ayuda económica dirigida a madres trabajadoras o autónomas que cumplen todos los requisitos para acceder al permiso salvo el periodo de cotización mínima exigido. Consiste en el abono de una cuantía igual al 100% del IPREM durante 42 días.

ℹ️ Condiciones del Permiso por Nacimiento

Real Decreto-ley 6/2019: Norma que unificó los permisos de maternidad y paternidad bajo el nombre de 'Nacimiento y Cuidado de Menor'.
Subsidio equivalente al 100% de la base reguladora de cotización por contingencias comunes.
Exención absoluta del IRPF dictada por jurisprudencia del Tribunal Supremo en 2018.
Periodo mínimo de cotización según edad: de 0 a 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.

🏛️ Entidad Gestora y Solicitud

🏛️
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Organismo estatal que aprueba y abona directamente la prestación por nacimiento.
Sede Electrónica Seguridad Social →
📄
Boletín Oficial del Estado
Publicación donde se recogen las condiciones de equiparación progresiva del permiso de ambos progenitores.
BOE Equiparación de Permisos →
🛡️
Última actualización: Bases máximas de cotización y duración del permiso de nacimiento actualizadas a 1 de julio de 2026.