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📊 Desglose de pluses y complementos
Los pluses salariales y complementos forman parte del sueldo bruto del trabajador en España. Estos pluses (por ejemplo, plus de convenio, plus de nocturnidad, plus de idiomas o plus de transporte) se suman al salario base y tienen un impacto directo en las retenciones de IRPF y en las cotizaciones a la Seguridad Social.
🔍 ¿Qué pluses cotizan y tributan en España?
Bajo la legislación española, casi todos los complementos salariales cotizan a la Seguridad Social y tributan en el IRPF. Anteriormente, ciertos pluses como el de transporte estaban exentos de cotizar, pero desde el Real Decreto-ley 16/2013 pasaron a cotizar al 100%.
Las únicas excepciones notables son las partidas no salariales destinadas a compensar gastos del trabajador para realizar su actividad laboral (como dietas de kilometraje o alojamiento de viaje), las cuales están exentas de tributación y cotización siempre que no superen los límites reglamentarios establecidos.
📝 Ejemplos prácticos de pluses salariales
Analizamos dos perfiles de nómina habituales con sus pluses asociados en 2026.
Ejemplo 1: Trabajador administrativo ordinario
- Ambos pluses cotizan y tributan por completo.
- Total base de cotización: €2.050,00
Ejemplo 2: Comercial móvil con pluses y dietas exentas
- El plus de antigüedad cotiza y tributa; las dietas acreditadas están exentas.
- Total base de cotización: €2.620,00 (excluye las dietas de €300,00)
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
Sí, desde el año 2013 el plus de transporte y distancia cotiza íntegramente a la Seguridad Social, integrándose en la base de contingencias comunes y profesionales de la nómina.
Por lo general, solo los complementos de naturaleza extrasalarial compensatoria, como las indemnizaciones por traslados, el pago por kilometraje (hasta €0,26 por km) y las dietas diarias de manutención justificada, disfrutan de exención fiscal.
No, la empresa no puede suprimir o sustituir pluses pactados por convenio de forma unilateral, a menos que inicie un procedimiento formal de modificación sustancial de las condiciones de trabajo justificado por causas económicas, técnicas u organizativas.