Datos de tu actividad minorista (Módulos)
📊 Desglose de indicadores físicos (Módulos)
El régimen de Estimación Objetiva (comúnmente llamado Módulos) es un sistema voluntario de tributación en el IRPF e IVA diseñado en España para simplificar al máximo la gestión fiscal de pequeños empresarios, autónomos y comerciantes minoristas. A diferencia de la estimación directa (donde se pagan impuestos sobre el beneficio real cobrado), en el sistema de módulos se tributa sobre un rendimiento estimado por ley calculado según variables físicas u objetivas de tu negocio denominadas “módulos” (tales como la superficie del local, la potencia eléctrica contratada, el número de mesas en hostelería, o el número de trabajadores). Si tu negocio factura mucho, este sistema puede ser extremadamente rentable, ya que pagarás exactamente la misma cantidad al mes aunque tus ganancias reales se multipliquen.
🔍 Límites de exclusión del régimen de Módulos
No todos los autónomos pueden optar a este régimen especial. La Ley del IRPF establece estrictos límites de volumen de negocio para poder tributar por módulos:
- Límite de facturación global: No superar los €250.000 anuales de facturación bruta en todas las actividades.
- Límite de facturación a empresas: Si facturas a otras empresas u autónomos obligados a retener, el límite conjunto de facturación no puede superar los €125.000 anuales.
- Límite de compras: El volumen de compras de mercancías y servicios contratados en el ejercicio anterior no puede superar los €250.000 anuales.
📝 Ejemplos prácticos de cálculo 2026
Ejemplo 1: Pequeño bar de barrio (Hostelería por Módulos)
Perfil: Un bar situado en Madrid gestionado por su titular a jornada completa (1,00 UT) y un camarero contratado a media jornada (0,50 UT). El local tiene una superficie de 80 m² y una potencia eléctrica de 10 kW.
- Personal total (1,50 UT): €6.750,00
- Superficie local (80 m²): €4.800,00
- Potencia contratada (10 kW): €1.200,00
El bar tributará sobre una base de €12.750,00 al año con independencia de que haya facturado €80.000 o €120.000 reales en caja.
Ejemplo 2: Tienda de ropa de venta al por menor (Comercio por Módulos)
Perfil: Boutique de moda gestionada únicamente por su titular (1,00 UT). Local de 60 m² y potencia de 8 kW.
- Personal total (1,00 UT): €3.500,00
- Superficie local (60 m²): €2.400,00
- Potencia contratada (8 kW): €640,00
Ejemplo 3: Peluquería pequeña sin personal asalariado
Perfil: Salón de belleza individual gestionado por una autónoma (1,00 UT) en un local pequeño de 30 m² y potencia de 5 kW.
- Personal total (1,00 UT): €3.000,00
- Superficie local (30 m²): €900,00
- Potencia contratada (5 kW): €250,00
⚠️ Errores comunes al tributar por Módulos
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No llevar registro de facturas emitidas y recibidas: Aunque no declares tu IRPF en función de tus facturas reales, la ley te obliga a conservar todas las facturas de compras y gastos de forma correlativa para justificar que no superas el límite general de compras y facturación de €250.000.
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Darse de alta en módulos con actividades excluidas: No todas las actividades empresariales tienen módulo disponible. Solo las incluidas expresamente en la Orden de Módulos (principalmente hostelería, pequeño comercio minorista, talleres de reparación y transportistas) pueden acogerse. Servicios como consultoría o programación informática están excluidos.
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Duplicar el cómputo de personal en periodos de baja: Si un empleado de tu local está de baja por enfermedad o maternidad y contratas a un sustituto interino, no debes sumar ambas unidades de personal. Solo debes computar las horas reales prestadas por el sustituto, descontando las de la persona de baja para evitar inflar el módulo.
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Olvidar presentar el Modelo 131 trimestral: A diferencia de los autónomos exentos del Modelo 130 por facturar con retención, los autónomos de módulos están siempre obligados a presentar trimestralmente el Modelo 131 y realizar el pago fraccionado (2%, 3% o 4% de la base de módulos) bajo apercibimiento de sanción.
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
Es la base imponible anual que el sistema estima para tu negocio. A partir del nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, la cuota RETA mensual de los autónomos en módulos se calcula sobre este rendimiento estimado, encuadrándose en el tramo correspondiente.
Por lo general, los módulos son muy rentables si tu negocio tiene una facturación elevada y márgenes altos, ya que el impuesto está capado. Sin embargo, si tu negocio tiene pérdidas o beneficios muy bajos, los módulos te obligarán a pagar impuestos por un beneficio inexistente, siendo mejor la estimación directa.
Se presenta trimestralmente en los mismos plazos que el Modelo 130: entre el **1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre**, y del **1 al 30 de enero** del año siguiente.
Tributan bajo el **Régimen Especial Simplificado del IVA**, donde también se estima el IVA repercutido y soportado mediante índices objetivos específicos por epígrafe, ingresándolo trimestralmente mediante el **Modelo 303** simplificado.
No. La renuncia al régimen de módulos debe realizarse durante el mes de **diciembre** del año anterior al que debe surtir efecto, o bien presentando el primer pago fraccionado del año (Modelo 130) en el mes de abril, lo que te obliga a permanecer en estimación directa al menos 3 años.
Una Unidad de Personal representa el trabajo equivalente a una persona a jornada completa durante todo el año (1.800 horas/año). Un empleado contratado a 20 horas semanales computará como 0,50 UT a efectos del módulo.
No. Existe el principio de **incompatibilidad de regímenes**: si realizas una actividad en estimación directa, todas tus restantes actividades económicas deben tributar obligatoriamente bajo estimación directa, quedando excluido de módulos en su totalidad.
No. Las subvenciones corrientes o de capital que obtenga el negocio no alteran el cálculo del rendimiento por módulos físicos. Solo deben consignarse en la declaración de IRPF anual como rendimientos íntegros extraordinarios según las bases reguladoras.