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Calculadora de Pensión de Incapacidad Permanente

Simula el importe de tu pensión por incapacidad permanente ordinaria en España según el grado de invalidez y tu base reguladora de cotización para 2026.

Datos de la Incapacidad

Base reguladora mensual€2.000,00
€500€5.000
Edad del beneficiario45 años
años
16100
Pensión Mensual Estimada
€1.100,00
Pensión anual estimada:€15.400,00

📊 Desglose del Cálculo

Base reguladora mensual€2.000,00
Porcentaje aplicable55%
Tributación IRPFSujeto a retención de IRPF

La pensión contributiva por incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social en España que busca paliar la pérdida de ingresos de un trabajador debido a una enfermedad o accidente. De acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social y las directrices del INSS para 2026, el cálculo de la prestación depende directamente de la base reguladora y del grado de invalidez otorgado por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), popularmente conocido como el tribunal médico.

Esta calculadora te permite estimar el importe de tu prestación según las normas vigentes. Si te encuentras en un periodo de baja médica temporal previo, te aconsejamos consultar nuestra Calculadora de Incapacidad Temporal para comprobar la cuantía acumulada durante este proceso, o revisar la Calculadora de la Ley de Dependencia si requieres asistencia domiciliaria adicional.

⚙️ Grados de incapacidad permanente y porcentajes

El sistema español clasifica la invalidez en cuatro niveles diferenciados:

  • Incapacidad Permanente Parcial: Causa una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de la profesión habitual. Da derecho a una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de tu base reguladora, sin pensión mensual.
  • Incapacidad Permanente Total: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero le permite realizar otras tareas. La pensión ordinaria es del 55% de la base reguladora. Este porcentaje aumenta al 75% si el beneficiario tiene 55 años o más y se encuentra inactivo laboralmente (Total Cualificada).
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. Da derecho al 100% de la base reguladora mensual.
  • Gran Invalidez: Para trabajadores que precisan la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida. Se percibe el 100% de la base reguladora más un complemento económico destinado a remunerar al cuidador, que no puede ser inferior al 45% de la pensión.

📊 Ejemplos prácticos de cálculo de invalidez

Mostramos a continuación tres casos resueltos con bases salariales comunes:

Ejemplo 1: Trabajador joven con Incapacidad Total
  • Base reguladora mensual: **€1.800,00**
  • Grado otorgado: **Incapacidad Total** (55% de la base)
  • Edad: **40 años** (no aplica el aumento de inactividad)
  • Cálculo: **55% de €1.800,00 = €990,00**
Resultado: Recibe una pensión mensual de **€990,00** en 14 pagas, sujeta a retenciones de IRPF.
Ejemplo 2: Beneficiario senior desempleado con Incapacidad Total Cualificada
  • Base reguladora mensual: **€2.000,00**
  • Grado otorgado: **Incapacidad Total** (se incrementa al 75% por edad e inactividad laboral)
  • Edad: **58 años** (cumple el requisito de ser mayor de 55)
  • Cálculo: **75% de €2.000,00 = €1.500,00**
Resultado: Recibe una pensión de **€1.500,00** mensuales en 14 pagas.
Ejemplo 3: Trabajador dependiente con Gran Invalidez
  • Base reguladora mensual: **€2.200,00**
  • Grado otorgado: **Gran Invalidez** (100% base + 45% suplemento mínimo)
  • Cálculo: **145% de €2.200,00 = €3.190,00**
Resultado: Recibe una pensión mensual de **€3.190,00** libre de impuestos de IRPF.

📑 Casos especiales en las pensiones de invalidez

Exención de impuestos en el IRPF

Las pensiones de Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez están completamente exentas de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Por el contrario, las pensiones por incapacidad Parcial o Total sí computan como rendimientos del trabajo y se les aplica la retención fiscal estándar mensual.

Compatibilidad con el empleo

La incapacidad Total es compatible con un puesto de trabajo en la misma empresa o en otra distinta, siempre que las funciones no coincidan con las que dieron lugar a la incapacidad. No obstante, si el beneficiario de una Incapacidad Total Cualificada a los 55 años vuelve a trabajar, perderá de forma automática el recargo del 20% adicional, volviendo a percibir únicamente el 55% base de su pensión.

⚠️ Errores comunes al estimar la invalidez

  1. Creer que Gran Invalidez solo añade un 45% fijo: El complemento de Gran Invalidez se calcula con una regla legal compleja que suma el 45% de la base mínima de cotización al 30% de la última base de cotización del trabajador. El mínimo garantizado es de al menos el 45% de la pensión percibida.
  2. Asumir compatibilidad total sin comunicarlo al INSS: Trabajar cobrando una Incapacidad Total sin autorización previa o notificación formal al INSS puede incurrir en infracciones graves con multas y la suspensión cautelar de la ayuda.
  3. No planificar las retenciones de IRPF en la Incapacidad Total: Creer que todas las pensiones médicas son tax-exempt. La Incapacidad Total tributa en el IRPF, y si no solicitas un ajuste de retención adecuado, la declaración de la renta anual resultará a pagar.
  4. Pensar que el grado es definitivo e inalterable: La Seguridad Social revisa periódicamente las incapacidades por agravamiento o mejoría hasta que el beneficiario alcanza la edad de jubilación obligatoria.

❓ Preguntas frecuentes (FAQ)

El complemento se calcula sumando el 45% de la base mínima de cotización del régimen general al 30% de la última base de cotización del trabajador. La ley establece que esta ayuda económica adicional no podrá ser inferior al 45% del importe de la pensión principal sin el complemento.

Están exentas de tributar en el IRPF las pensiones contributivas correspondientes a los grados de Incapacidad Permanente Absoluta y Gran Invalidez. Las prestaciones por Incapacidad Parcial e Incapacidad Total sí están sujetas a retenciones fiscales mensuales.

El incremento del 20% adicional se concede automáticamente a los beneficiarios de una Incapacidad Total que cumplan 55 años de edad, siempre que acrediten no estar realizando ninguna actividad laboral remunerada ni ser titulares de una explotación agraria o comercial.

Sí, es totalmente compatible con la realización de actividades laborales en sectores que no guarden relación con las tareas habituales de tu profesión anterior. Debes notificar de forma escrita cualquier inicio de actividad laboral al INSS para evitar sanciones.

Corresponde un pago único equivalente a 24 mensualidades de tu base reguladora mensual. Esta indemnización no genera pensión vitalicia mensual, y el trabajador puede reincorporarse a su puesto de trabajo habitual adaptando sus funciones si es preciso.

Al cumplir la edad ordinaria de jubilación, el beneficiario puede optar por mantener la pensión de incapacidad permanente o solicitar la pensión de jubilación correspondiente a su historial. Ambas prestaciones no son acumulables, debiendo elegir la más ventajosa económicamente.

Sí, el tribunal médico del INSS puede instar la revisión del grado de incapacidad por mejoría o empeoramiento de las dolencias. Las revisiones suelen programarse cada dos años hasta alcanzar la edad legal de jubilación ordinaria en España.

Si la incapacidad es consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión mensual estimada se puede incrementar entre un 30% y un 50% mediante un recargo de prestaciones imputado directamente al empresario infractor.

Garantías y Baremos

Modelos Oficiales Cálculo estructurado según los tipos de incapacidad reconocidos por el INSS.
Aumento al 75% para la Incapacidad Total Cualificada a partir de los 55 años.
Identificación automática de los grados exentos de tributar en el IRPF (Absoluta y Gran Invalidez).
Suplemento de ayuda para tercera persona (mínimo 45%) integrado en Gran Invalidez.

Organizaciones de Referencia

🏛️
Seguridad Social (INSS)
Entidad gestora que evalúa la incapacidad permanente mediante el tribunal médico (EVI).
Web de la Seguridad Social →
🏢
Agencia Tributaria (AEAT)
Administración fiscal que regula las exenciones tributarias de las pensiones de invalidez.
Web de Hacienda →
🛡️
Última actualización:Baremos de incapacidad permanente revisados para 2026.